Nueva ley de Factura electrónica en la relación entre contratistas y subcontratistas de la Administración Pública

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La fecha de entrada en vigor de dicha Ley es el 1 de julio de 2018.

La Ley de Contratos 9/2017, establece que las facturas que los subcontratistas envían a los contratistas de la Administración Pública se envíen de forma electrónica a través de un registro electrónico único, siempre y cuando el importe de las mismas superen los 5.000€.
La fecha de entrada en vigor de dicha Ley es el 1 de julio de 2018.
Así pues, a partir de dicha fecha, los subcontratistas deberán emitir sus facturas con importes superiores a cinco mil euros en formato Facturae y deberán remitirlo al punto de entrada de factura electrónica implementado por el gobierno denominado Registro Electrónico Único (REU) a través de la plataforma FACeB2B.
Por su parte, los contratistas deberán ir a buscar las facturas a dicho REU.
En paralelo, los contratistas seguirán enviando sus facturas a la Administración Pública, también en formato Facturae a través de los diferentes Puntos de entrada de Factura electrónica como son FACe, AOC, PeFAC, PUEF, entre otros.
Así pues, el uso de la factura electrónica crece en España. La Factura electrónica en el sector privado ha comenzado su expansión con el B2B relacionado con la Administración Pública.
Se prevé que el incremento del uso de la factura electrónica en B2B sea exponencial en los próximos años dado que, por una parte, las estructuras necesarias están ya implementadas y, por otra parte, los beneficios de la facturación electrónica están más que contrastados.
eDiversa, por su parte, ya tiene adaptados sus sistemas de facturación electrónica para ofrecer a sus clientes el mejor servicio, tanto de forma manual como de forma automatizada, sean cuales sean las necesidades de los clientes.

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